
Todas las voces, todas
(x Antonela Schiantarelli)
La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) sancionada el 10 de octubre del 2009, contempla en su artículo 19, la creación de un organismo que reciba denuncias y consultas por parte de público de radio y televisión, y actúe en consecuencia –no como ente sancionador, sino como puente de diálogo-. De esta manera, la Defensoría del Público ya ha recibido, desde su creación en noviembre del 2012, más de 800 denuncias.
Una de las tareas que tiene el organismo es la de convocar a la ciudadanía de todo el país a participar de Audiencias Públicas. ¿Por qué? Porque el objetivo es que todas las personas puedan tener un espacio para expresar sus opiniones y presentar sus propuestas acerca de los medios de comunicación audiovisual. Así, durante el año 2013, fueron 1.700 las personas que participaron.
Durante ese mismo año, la Defensoría tuvo una participación activa en la Audiencia pública que se realizó en la Corte Suprema, para defender la constitucionalidad de la Ley. Cynthia Ottaviano, Defensora del Público, nos cuenta en esta nota cómo se modificó el ejercicio libre de la comunicación luego de la aplicación de la Ley.
Además, Intervenir LP como Tesis ya cumplió su ciclo, pero como propuesta comunicacional y audiovisual no. Por eso ahora estamos pensando en su difusión: qué derechos tenemos, qué caminos podemos tomar, y cómo podemos amplificar la audiencia, no sólo a través de las redes sociales, sino a través de otros canales. También sobre estos puntos nos ayuda Ottaviano.
¿Por qué los y las televidentes y oyentes ya no son considerados como meros consumidores, sino como sujetos de derecho?
Porque la comunicación es un derecho humano inalienable, de dos vías, una individual y otra colectiva. Porque entonces el nuevo paradigma de la comunicación es en la perspectiva de los derechos humanos, entre los que se encuentra el derecho a la comunicación. Así como se dejó atrás la etapa empresarista, que tenía en el centro de la escena a los empresarios, también se superó la etapa profesionalista, que destacaba a los profesionales de la comunicación. Y porque ahora vivimos una etapa universalista, es decir, que todas las personas tenemos derecho a dar y recibir información, a buscarla, investigar y difundirla.
Recordemos que, tal como señala la LSCA, la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual es de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población. Y el Estado tiene que salvaguardar ese derecho, de manera de crear, por ejemplo, un organismo para defender a las audiencias, no ya como meras consumidoras, sino como plenos sujetos de derecho.
¿Cuál fue el rol de la Defensoría en la Audiencia Pública del 28 de agosto del 2013, en donde se trataron algunos aspectos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual?
El de Amicus Curiae independiente, para hacer llegar la perspectiva de las audiencias que se habían expresado ante la Defensoría a la Corte. Es decir, la voz de los oyentes y televidentes en forma directa y sin intermediarios. Luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) convocara a los “amicus curiae”, la Defensoría recibió 63 presentaciones para que este organismo los representara en forma independiente ya que no estaba comprendida en ninguna de las dos partes en litigio.
En el escrito que se presentó ante la CSJN, la Defensoría recordó la manera en que Frank La Rue, Relator Especial de Naciones Unidas para la libertad de expresión, destacó a la institución como “un antecedente único en el mundo” para el resguardo del derecho a la información de “todos los oyentes y televidentes de un país”. Y agregó conceptos vertidos por Flor Elba Castro, integrante de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que habló de “experiencia innovadora” al definir a la Defensoría, mediante la cual “las audiencias ven protegidos sus intereses”. Ese fue un hecho inédito en la historia de la comunicación argentina.
Por primera vez, las audiencias tuvieron voz en una Audiencia que buscaba definir el destino de la LSCA y por ende, de ese nuevo paradigma comunicacional. Y su palabra fue oída por el máximo tribunal de justicia que finalmente falló a favor de la plena constitucionalidad de la Ley 26.522, como pidió la Defensoría. Se tuvo en cuenta definitivamente que la comunicación es un derecho y no un mero negocio para unos pocos.
El artículo 148 del Título VIII - Medios de Comunicación Audiovisual universitarios y educativos de la Ley, estipula que las emisoras universitarias deberán dedicar espacios relevantes de su programación a la divulgación del conocimiento científico, a la extensión universitaria y a la creación y experimentación artística y cultural. En ese sentido, Intervenir LP tiene una oportunidad para insertarse en los medios. Concretamente, ¿cómo podemos hacer para llevarlo adelante? ¿A dónde acudimos?
Hay que recordar que en el Programa “Polos audiovisuales” participan las Universidades con el objetivo de instalar y fortalecer las capacidades para la producción nacional de contenidos para la TV Digital. Promoviendo la igualdad de oportunidades y la disminución de asimetrías entre provincias y regiones, materializando así el artículo 153 de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, que expresa la necesidad de crear nuevos conglomerados productivos para la promoción y defensa de la industria audiovisual nacional.
A partir de la división del país en nueve regiones (Polos), se constituye un sistema federal en red donde las Universidades Nacionales nuclean a los actores del sector audiovisual televisivo de cada comunidad para conformar Nodos.
El Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA) es una fuente de contenidos audiovisuales digitales disponibles tanto para los nuevos espacios de emisión como para los ya existentes, de libre acceso y de distribución gratuita.
También la renovación tecnológica que representa la TDA supone el desafío y la necesidad de ampliar y federalizar la oferta de contenidos audiovisuales. Productores independientes de todas las provincias, organismos gubernamentales y no gubernamentales, universidades, agrupaciones sociales, culturales y señales que cuenten con producciones propias, pueden ceder sus contenidos de manera gratuita al BACUA para ser distribuidos a los canales de televisión de todo el país.
¿Puede considerarse que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y la Televisión Digital Abierta rompen con el paradigma actual de medios y comunicación en la Argentina? ¿Por qué?
Hoy resulta impensable el ejercicio de buena parte de los derechos sin la mediación de los medios masivos de comunicación. Esto exige el reconocimiento de las necesidades informacionales y comunicacionales como derechos que dan sentido y concreción a la ciudadanía. Como decía, desde la sanción de la Ley 26.522, nos encontramos ante un nuevo paradigma de la comunicación audiovisual.
Con el reconocimiento jurídico internacional del derecho humano a la libertad de expresión -no como mera libertad, sino como derecho humano- se produce el pasaje de la comunicación -que es la expresión universalista de la libertad de expresión- de mercancía a derecho. Ahora bien, las audiencias deben dejar de ser entendidas como “oyentes” para anclar en una concepción de la comunicación como relación social. Esa concepción de la comunicación requiere necesariamente de una multiplicidad de actores, de voces y de perspectivas de ciudadanos comunicacionales. Los servicios de comunicación audiovisual son parte integrante e inescindible del derecho humano a la comunicación.
En esa inteligencia, la LSCA establece un derecho de reconocimiento, de preferencias o de discriminaciones positivas a favor de los grupos silenciados en la esfera pública. Reconoce al público como un sujeto de derecho y también la legitimidad de las universidades, las organizaciones sin fines de lucro y de los pueblos originarios en el terreno de la construcción social de sentidos. Esto es un cambio de mirada respecto de quienes han sido tomados en cuenta únicamente como consumidores de información sin derecho a elegirla ni a discutirla, o de quienes han sido excluidos de una actividad por no concebirla como un negocio.
¿Cuáles son los próximos desafíos para profundizar la justa distribución de las ideas y sus palabras?
Modificar, es decir, adecuar finalmente el mapa de la comunicación a la LSCA, desde el punto de vista de la matriz económica, pero también lograr una transformación en la matriz cultural. Desde mi punto de vista, la posición dominante, oligopólica y hasta monopólica en la propiedad de los medios de comunicación, produjo una posición dominante en la matriz simbólica, y ese también es uno de los grandes desafíos.
Dejar atrás la comunicación como un negocio, comprenderla como un servicio, dejar atrás la lógica mercantilista en la producción de la comunicación y lograr que impere el pluralismo, la pluralidad, la diversidad, sabiendo que desde los medios se puede discriminar, y lo vemos a diario, pero también se puede incluir.
La radio y la televisión son una oportunidad extraordinaria para reflejar diferentes miradas de la vida y el mundo. Para ser puente y enlace con las audiencias, que deben ser respetadas como sujetos de derecho y no pensadas como meros objetos de consumo. Ese también es el desafío.